Cómo enviar muestras de alimentos a Estados Unidos tras el fin del de minimis
Si hasta ahora enviabas muestras de alimentos a Estados Unidos mediante courier, transitario o en una maleta porque la caja valía menos de 800 USD, no puedes seguir operando del mismo modo.
Desde el 29 de agosto de 2025, la exención de minimis de la Section 321 está suspendida para todos los países. Una muestra comercial, aunque sea gratuita, pequeña o no destinada a la venta, necesita el despacho aduanero correspondiente y un Importer of Record que responda de la entrada ante U.S. Customs and Border Protection (CBP).
En alimentación también deben cumplirse los requisitos de FDA, incluido Prior Notice y FSVP o el régimen que corresponda. Estas obligaciones ya existían antes de la suspensión del de minimis y no desaparecían por el bajo valor de la caja. El cambio aduanero hace aún más importante definir quién asume cada función.
Que una caja llegue sin incidencias no demuestra por sí solo que el envío y procedimiento se hayan preparado correcta y legalmente. Lo que permite comprobarlo es la documentación de la entrada y el cumplimiento de los requisitos aplicables.
La buena noticia es que enviar muestras sigue siendo perfectamente viable. Lo que ha cambiado es que deben prepararse como una importación real.
Qué debes resolver antes de enviar
El bajo valor no elimina el despacho ni la necesidad de identificar al importador. En alimentos, también hay que resolver Prior Notice y FSVP o el régimen aplicable. El courier o forwarder transporta la caja, pero no resuelve quién asume cada responsabilidad. Eso debe quedar definido antes de la recogida.
Qué cambió con el fin del de minimis
La Orden Ejecutiva 14324 se emitió el 30 de julio de 2025 y comenzó a aplicarse a las 00:01 horas ET, del 29 de agosto de 2025. Desde esa fecha quedó suspendida para todos los países la exención administrativa prevista en 19 U.S.C. § 1321(a)(2)(C), conocida como de minimis o Section 321.
Antes de este cambio, muchos envíos de hasta 800 USD podían entrar mediante un procedimiento simplificado. Esa facilidad hizo habitual que los fabricantes mandaran muestras directamente por mensajería, muchas veces sin haber definido quién asumía la importación.
Esa vía ya no está disponible. Para los envíos comerciales de bajo valor debe utilizarse la entrada formal o informal que corresponda, con clasificación arancelaria, valoración, identificación del importador y pago de los derechos y tasas aplicables.
El 24 de junio de 2026, CBP publicó dos reglas provisionales que incorporan la suspensión a su normativa. La relativa a los modos de transporte distintos del correo internacional entró en vigor ese mismo día y exige utilizar los procedimientos de entrada formal o informal que correspondan.
La regla postal entró en vigor, con carácter general, el 24 de julio de 2026, pero la suspensión fue efectiva desde el 24 de junio. Determinados requisitos del nuevo procedimiento tienen fecha de cumplimiento el 22 de octubre de 2026. El correo internacional tampoco permite recuperar la antigua exención.
La suspensión continuó mediante una orden ejecutiva de febrero de 2026. Además, la legislación aprobada por el Congreso prevé eliminar esta exención desde el 1 de julio de 2027. Con el marco vigente, el fabricante debe organizar sus envíos sin contar con la vía sencilla de mercancía por valor inferior a los 800 USD.
Qué necesita ahora una caja de muestras
Antes de enviar una caja de muestras comerciales de alimentos deben quedar resueltos estos cinco puntos:
| Requisito | Qué implica |
| Entrada aduanera | Utilizar el procedimiento aplicable al envío y al transporte. |
| Importer of Record | Identificar a la parte habilitada que responde ante CBP. |
| Clasificación y valoración | Declarar el HTSUS, el origen y un valor aduanero válido. |
| Prior Notice | Notificar el envío a FDA en los plazos aplicables. |
| FSVP o régimen alternativo | Identificar al FSVP Importer o entidad responsable y documentar el régimen que corresponda. |
Según el producto, pueden intervenir además USDA, APHIS, NOAA, TTB u otras autoridades. Tampoco deben olvidarse el registro FDA de la instalación fabricante, el FDA Product Code, los requisitos específicos del producto y la coherencia entre factura, packing list, transporte y declaración.
FDA explica en su guía de importación que los alimentos importados deben cumplir los mismos requisitos que los producidos en Estados Unidos y que las instalaciones que los fabrican, procesan, envasan o almacenan deben estar registradas cuando corresponda.
Por qué una muestra gratuita sigue teniendo valor aduanero
Una muestra comercial no deja de ser mercancía porque el fabricante no la cobre.
Si el producto se envía para presentarlo a un comprador, utilizarlo en una degustación, entregarlo a un distribuidor, exhibirlo en una feria o evaluar su aceptación comercial, existe una finalidad empresarial.
Por eso, expresiones como “free sample” o “no commercial value” no eliminan la importación ni permiten declarar automáticamente un valor de cero dólares. La factura debe reflejar que no existe una venta, pero también debe incluir un valor aduanero razonable y defendible.
Cuando no existe una venta para exportación que permita utilizar el valor de transacción, deben examinarse los métodos alternativos de valoración en el orden previsto por la normativa. Que la muestra sea gratuita no permite asignarle automáticamente valor cero.
La caja puede generar, por tanto, derechos y tasas aunque sea gratuita para el destinatario. El coste depende de la clasificación HTSUS, el origen, el valor declarado y las medidas arancelarias vigentes en la fecha de entrada.
Courier, transitario o maleta: no son atajos regulatorios
El canal de transporte cambia la operativa, pero no la naturaleza comercial de las muestras.
Envío por courier
Empresas como FedEx, UPS o DHL pueden incluir el despacho mediante su propio customs broker. Eso puede simplificar el transporte, pero no significa que el courier se convierta automáticamente en el importador ni que asuma las obligaciones de FDA.
Antes de contratar el envío debe confirmarse quién figura como Importer of Record, quién presenta la entrada y quién proporciona los datos regulatorios.
Envío mediante transitario
El freight forwarder o transitario organiza el transporte, la consolidación y la entrega. Puede coordinar también el despacho mediante un customs broker, pero no asume por ello la función de importador ni las obligaciones FSVP.
Si el importador trabaja con un customs broker designado, el transitario debe coordinarse con él y excluir de su oferta cualquier despacho duplicado.
Muestras en una maleta
Llevar las muestras en el equipaje tampoco las convierte en efectos personales. CBP contempla expresamente las muestras comerciales transportadas por viajeros: deben declararse y pueden quedar sujetas a derechos y a los requisitos de otras agencias.
En alimentos, la exención de equipaje se limita al producto destinado al consumo personal del viajero. Las trade samples destinadas a promoción, degustación, prueba o distribución requieren Prior Notice. FDA lo confirma expresamente en sus preguntas y respuestas sobre muestras transportadas por personas (fuente oficial).
El riesgo de seguir enviando como antes
El principal error es confundir una entrega sin incidencias con una importación correctamente realizada.
Una caja puede llegar a su destino sin que el fabricante haya identificado adecuadamente al importador o cumplimentado todos los datos regulatorios. Eso no convierte el procedimiento en válido ni garantiza que el siguiente envío vaya a recibir el mismo tratamiento.
Continuar enviando muestras sin una estructura correcta puede provocar:
FDA advierte que los alimentos presentados con un Prior Notice inadecuado pueden ser rechazados y retenidos en el puerto de entrada. Antes de repetir un envío, conviene confirmar que el procedimiento utilizado sigue siendo válido y que están documentadas las responsabilidades aduaneras y alimentarias.
Importer of Record, customs broker y FSVP Importer
Estas tres funciones están relacionadas, pero no son equivalentes.
Importer of Record
Es la parte que responde ante CBP de la entrada aduanera, la clasificación, la valoración y el pago de los derechos y tasas. Toda importación comercial debe tener claramente identificado quién asume esta función.
Customs broker
Es el profesional autorizado que presenta el despacho y representa al importador ante CBP. El broker tramita la entrada, pero no sustituye al importador ni absorbe su responsabilidad.
CBP recuerda que, aunque se utilice un customs broker, el Importer of Record continúa siendo el responsable último de la exactitud de la documentación y del pago de derechos, impuestos y tasas.
Por tanto, que un courier o transitario diga que “incluye aduanas” no responde a la pregunta esencial: ¿quién es el importador responsable?
FSVP Importer
A efectos de FSVP, el importador es, en primer lugar, el propietario o consignatario estadounidense del alimento en el momento de la entrada, conforme a la definición de FDA. Si no existe, debe designarse un agente o representante estadounidense del propietario o consignatario extranjero, con consentimiento firmado. No basta con indicar un destinatario o una dirección de entrega.
Puede coincidir con el Importer of Record, pero son funciones distintas. Determinados zumos y productos pesqueros quedan fuera de FSVP cuando se cumplen las condiciones de sus regímenes HACCP específicos. La categoría del producto, por sí sola, no permite presumir la exención. Las exenciones existen, pero no deben presumirse. Las muestras para ferias, degustaciones o prospección comercial no se deben confundir con “research samples” destinadas a laboratorios. Si se invoca una exención, debe corresponder al uso real del producto y declararse correctamente.
Antes de enviar, exige estas cuatro respuestas
Si un courier, transitario, fabricante o asesor propone una vía “más sencilla”, debería poder responder por escrito a estas cuatro preguntas:
¿Quién presenta la entrada aduanera?
¿Quién figura como Importer of Record?
¿Quién tramita el Prior Notice y proporciona los datos de FDA?
¿Quién actúa como FSVP Importer o asume el régimen HACCP aplicable?
Si falta una respuesta, la operación no está cerrada. El transporte puede estar contratado, pero la importación no está correctamente estructurada.
Evalúa tu envío de muestras antes de que salga de origen
En US IFS valoramos el producto, el uso de las muestras y la documentación para preparar la importación y coordinar el despacho y el transporte de la operación.
Cómo preparar correctamente un envío de muestras
El proceso puede resumirse en cinco pasos:
1. Definir para qué se utilizarán las muestras
Hay que concretar si se destinarán a una feria, degustación, presentación a compradores, análisis o estudio controlado. El uso real determina el tratamiento regulatorio.
2. Revisar el producto
Deben identificarse ingredientes, proceso de fabricación, origen animal o vegetal, conservación, envase, claims y requisitos específicos. También hay que comprobar el registro FDA de la instalación y detectar si interviene otra agencia.
3. Designar a los responsables
Antes de reservar el transporte debe saberse quién será el Importer of Record, qué broker presentará la entrada y quién asumirá FSVP o el régimen HACCP correspondiente.
4. Preparar una documentación coherente
Factura comercial, packing list, descripción en inglés, HTSUS, valor aduanero, país de origen, FDA Product Code, lotes, cantidades y datos de las partes deben coincidir entre sí.
Marcar el producto como “Sample – Not for Resale” ayuda a describir su uso, pero no sustituye ninguno de los requisitos anteriores.
5. Coordinar el despacho y el Prior Notice antes del envío
El courier o transitario no debería recoger la mercancía hasta que el importador y el broker hayan validado la documentación y esté definido quién presenta el Prior Notice.
El Prior Notice debe recibirse y confirmarse dentro del plazo correspondiente al transporte. Los mínimos generales son 2 horas antes de la llegada por carretera, 4 por ferrocarril o vía aérea y 8 por vía marítima. En correo internacional se presenta antes de expedir el paquete.
La antelación máxima depende del sistema: 15 días naturales por PNSI y 30 días por la vía aduanera ABI/ACS recogida en la norma, actualmente operada a través de ACE.
Cómo ayuda US IFS
US IFS es una importadora y distribuidora de alimentos y bebidas no alcohólicas que impulsa la comercialización de marcas europeas en Estados Unidos. El envío de muestras y la participación en ferias forman parte de esa preparación comercial.
Cuando el producto y la operación están dentro de nuestro alcance, podemos actuar como Importer of Record y, cuando corresponde, como FSVP Importer. Coordinamos también:
El fabricante puede mantener su transitario para el transporte. Cuando US IFS asume la importación, centralizamos la comunicación con el agente de aduanas y coordinamos el Prior Notice, presentado por US IFS o por su agente designado. La mercancía solo debe salir con nuestra autorización escrita previa.
Nuestro objetivo no es añadir complejidad a una caja pequeña. Es evitar que una muestra destinada a abrir mercado se convierta en un problema aduanero antes de llegar al comprador.
Para conocer el proceso completo de entrada al mercado, consulta también nuestra guía sobre cómo vender alimentos gourmet en Estados Unidos
Preguntas frecuentes
Fuentes oficiales y normativa
- Suspensión del de minimis para envíos no postales
- Regla postal de CBP y calendario de aplicación.
- 19 CFR 152 – Valoración aduanera
- CBP – Muestras comerciales transportadas por viajeros
- Prior Notice 21 CFR Part 1 Subpart I
- FSVP 21 CFR Part 1 Subpart L
- Definición de FSVP Importer en 21 CFR 1.500.
-
Etiquetado FDA para vender alimentos en Estados Unidos
Una etiqueta que cumple en tu mercado de origen no suele cumplir en Estados Unidos. En alimentación, vender en el mercado estadounidense exige que el producto esté preparado también desde el punto de vista documental y de etiquetado. No basta con traducir el envase, pegar un sticker ni con añadir una tabla nutricional en inglés. La FDA tiene su propia estructura, sus propios formatos y sus propias reglas.
-
Registro FDA de instalaciones alimentarias para exportar a Estados Unidos
El registro FDA de instalaciones alimentarias es una de las primeras puertas para vender alimentos en Estados Unidos. Como regla general, una instalación que fabrica, procesa, envasa o almacena alimentos destinados al consumo en EE. UU. debe estar registrada ante la FDA, salvo que aplique una exención específica.
-
Comercialización | FDA / CBP / FSVP | Guías prácticas | Importación a Estados Unidos | Logística y distribución | Muestras y ferias
Cómo vender alimentos gourmet en Estados Unidos: guía para fabricantes que quieren entrar o crecer en el mercado americano
Vender alimentos gourmet en Estados Unidos es una oportunidad atractiva para fabricantes internacionales, pero también un proceso que exige preparación. No basta con tener un producto de calidad, asistir a una feria o recibir el interés puntual de un comprador. Para vender de forma recurrente en el mercado estadounidense, una marca necesita tres elementos bien coordinados: una estructura de importación clara, una logística en destino que permita servir pedidos de forma competitiva y una estrategia comercial adaptada a los canales reales del mercado americano.
Aviso breve: «Contenido informativo. No constituye asesoramiento legal, fiscal o regulatorio específico.»
